Síguenos en

  • Ir a Cermi en facebook.
  • Ir a Cermi en twitter.
  • Ir a Cermi en Linked in.
  • Ir a Cermi en Instagram.
  • Ir a Cermi en Youtube.

CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 13 de junio de 2014cermi.es semanal Nº 127

Ir a Cermi en Instagram.

"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Actualidad

El CERMI presenta a Hacienda sus propuestas en materia social para la nueva Ley de Contratos del Sector Público

09/06/2014

El CERMI ha presentado a Hacienda sus propuestas en materia social para la nueva Ley de Contratos del Sector Público, entre ellas, solicita que se recoja la prohibición de contratar para las empresas de 50 o más trabajadores que no cumplan con la cuota de reserva del 2% de puestos de trabajo para personas con discapacidad.

Así se recoge en un informe elaborado por el CERMI con propuestas sobre cláusulas sociales (especialmente en favor de las personas con discapacidad) con vistas a la nueva normativa sobre contratos del sector público que se está elaborando tras la aprobación por la Unión Europea de las últimas directivas sobre contratación pública.
 
El CERMI deja claro que ya en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), aprobado en 2011, figuran todas las cláusulas sociales en materia de personas con discapacidad y accesibilidad que estaban incluidas en la Ley de Contratos del Sector Público anterior, y aboga por su mantenimiento sin perjuicio de introducir otras o modificarse las actuales de cara a cumplimentar las recomendaciones de la UE y del Consejo Económico y Social sobre la materia.
 
En lo que se refiere a las prohibiciones de contratar con el sector público, el CERMI pide que al igual que supone directamente una prohibición de contratar no hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la seguridad social, se recoja otro supuesto referido a las empresas de 50 o más trabajadores que no cumplan con la cuota de reserva del 2% de puestos de trabajo para personas con discapacidad.
 
Además, considera necesario exigir expresamente una declaración a los licitadores señalando que cumplen las disposiciones aplicables en cada Estado en materia de inserción laboral de las personas con discapacidad, como, por ejemplo, la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad en aquellos países en los que existe dicha obligación jurídica.
 
Asimismo, propone que los órganos de contratación administrativa exijan la acreditación del cumplimiento de la norma que obliga a las empresas de 50 o más trabajadores tener contratados un 2 por 100 de trabajadores con discapacidad o alguna de las medidas alternativas previstas en el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
 
En este sentido, señala que en la actualidad el cumplimiento de esta medida del 2% es muy inferior a lo que debía ser (actualmente se entiende que el grado de cumplimiento de dicha cuota no sólo no llega al preceptivo 2% sino que se encuentra entre el 0,5% y el 1%) y advierte que sólo su carácter obligatorio en la propia legislación de contratos públicos hará que pueda ser real y efectivamente aplicada.
 
El CERMI considera que esta inclusión de manera imperativa es más necesaria que nunca, ya que a ella se refieren varias dictámenes europeos, que destacan la clara recomendación del Comité Económico y Social Europeo para que se exijan declaraciones firmadas de las mismas empresas avalando su cumplimiento con las disposiciones legislativas nacionales pertinentes, justamente en un ámbito como el social, relativo al cumplimiento del requisito legal de tener un 2% de trabajadores con discapacidad en las plantillas de las empresas de 50 o más trabajadores.
 
Además, subraya que con esta medida se estaría cumpliendo la Proposición no de Ley aprobada en 2010 por el Congreso de los Diputados, en la que se instaba a que la Administración General del Estado estableciera como requisito para la adjudicación de contratos públicos y para la concesión de subvenciones, que las empresas acrediten previamente el cumplimiento de la obligación de reserva de empleo para trabajadores con discapacidad.
 
En cuanto a los criterios de accesibilidad universal y de diseño para todos, el CERMI solicita que, en consonancia con la nueva Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública, en toda contratación que esté destinada a ser utilizada por personas físicas, las especificaciones técnicas se redacten, salvo en casos debidamente justificados, teniendo en cuenta los criterios de accesibilidad para las personas con discapacidad o el diseño para todos los usuarios.
 
Con el objetivo de promover la contratación pública de los Centros Especiales de Empleo, el CERMI considera necesario establecer, con carácter legal, una reserva mínima de contratos a dichas entidades, la cual podría tener un importe mínimo obligatorio del 10% del importe de los contratos adjudicados en el ejercicio anterior.
 
Entre otras cosas, el CERMI también solicita que los servicios sociales y de salud sigan quedando fuera del ámbito de una estricta aplicación de la normativa de contratación pública, por tratarse de servicios sociales de interés general.
  • facebook
  • twitter
  • linked in
  • enviar a un amigo
  • imprimir noticia

Con el apoyo de:

  • Logotipo de El Goberno de España - Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Secretaría de estado de servicios sociales. Abre una ventana nueva.
  • Logotipo de la Fundación ONCE. Abre una ventana nueva.
  • CERMI. Innovación social en discapacidad. Abre una ventana nueva.
  • Logotipo de El Goberno de España - Ministerio de Asuntos sociales, unión europea y cooperación. Abre una ventana nueva.
  • Logotipo de la Hablamos de Europa Abre una ventana nueva.

    ¿Dónde estamos?

    Calle Recoletos, 1 Bajo, 28001 Madrid - España